Cuando la empresa tiene obligación por convenio de alimentar a sus trabajadores, esto se convierte en un derecho laboral exigible ante los tribunales. Así ha sucedido en el caso de los empleados de una empresa de restauración del aeropuerto de Gran Canaria, que denunciaron la baja calidad de los menús que recibían durante su jornada laboral. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha sido contundente: una ensalada y un bocadillo no cumplen con lo estipulado en el convenio, que exige ofrecer comidas “sanas, abundantes y variadas” (consulte el texto de la sentencia aquí).
Redacción