Los contribuyentes que adquirieron su casa antes de 2013 y venían aplicando la tradicional deducción por inversión en vivienda habitual disponen ahora de un nuevo margen para reclamar rebajas en el IRPF. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), dependiente del Ministerio de Hacienda, ha corregido el criterio mantenido durante años por la Agencia Tributaria y ha determinado que la cancelación del préstamo hipotecario con el dinero obtenido de la venta del inmueble también puede incluirse en la base deducible del impuesto sobre la renta.
Redacción
