El Tribunal Supremo ha rechazado que la condición de presidente o vocal de una mesa durante la celebración de elecciones sindicales constituya tiempo de trabajo, al entender que se trata de un proceso en el que la dirección de la empresa no participa de ninguna manera. En una sentencia fechada el pasado 4 de junio a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo social ha estimado el recurso presentado por Paradores contra una sentencia de junio de 2023 de la Audiencia Nacional, en respuesta a una demanda de conflicto colectivo de UGT, CSIF y CC OO.
Redacción