¿El teletrabajo puede ser una medida reversible? La respuesta es sí. Así lo corrobora la justicia gallega, en una reciente sentencia que puedes consultar en este enlace. El trabajo a distancia es una política que se acuerda entre la empresa y la plantilla o puede ser impuesta por necesidades de conciliación. Pero ojo, si la dirección constata que los servicios no pueden ser mantenidos (llanamente porque no hay personal que pueda atender las tareas que requieran presencialidad), la dirección tiene el poder de recortar los días de trabajo en el hogar. La regla de oro es que exista proporcionalidad entre las necesidades de los empleados y de la empresa.
Redacción
